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1.1. Las presentes Condiciones Generales de Contratación regulan los servicios prestados por Payflow Digital Inc Sucursal en España, con NIF W0244173A y domicilio social en Calle Félix Boix
14, 28036, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, hoja M-771179, Tomo 43686, Folio 70 (en adelante, “Payflow”)
1.2. Las presentes Condiciones Generales de Contratación se entenderán como un conjunto con las Condiciones Particulares de Contratación suscritas entre el cliente (en adelante, la “Empresa”) y Payflow, así como los Términos & Condiciones (en adelante, “T&C”) aceptados por los usuarios en la aplicación.
1.3. La Empresa y Payflow, en adelante, también podrán ser denominadas conjuntamente como las “Partes” e individual e indistintamente como la “Parte”.
1.4. Payflow ha desarrollado una aplicación móvil denominada “Payflow” (en adelante, la “APP”), a través de la cual los empleados de la Empresa (en adelante, los “Trabajadores” o el “Trabajador”) obtienen beneficios sociales como las Solicitudes de Liquidez, el Servicio de Retribución Flexible, el Servicio de Ahorro, y el Servicio de Educación Financiera (en adelante, los “Servicios”).
1.5. Que la Empresa tiene trabajadores, con los que mantiene una relación laboral sujeta a las disposiciones del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, el “Estatuto de Trabajadores”) y de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo (en adelante, la “Ley de Autónomos”). En este sentido, la Empresa tiene trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena, (en adelante, el “Trabajador” o los “Trabajadores”).
El objeto de los servicios prestados por Payflow es la puesta a disposición de la Empresa de una plataforma de bienestar financiero, la cual permite la provisión de los siguientes servicios: servicio de provisión de liquidez (comercializado como “Payflow”), servicio de retribución flexible (comercializado como “Flexflow), servicio de ahorro (comercializado como “Saveflow”) y servicios adicionales que incluye los servicios de educación financiera (comercializada como “Learnflow”).
Payflow y la Empresa deberán pactar los servicios que efectivamente se presten a través de las Condiciones Particulares firmadas entre ambas partes.
La Empresa podrá durante la vigencia de la relación contractual ampliar los servicios que Payflow le presta. En ese caso, las Partes se comprometen a firmar una Adenda que modifique las condiciones particulares aplicables a la Empresa.
El objeto del Servicio de Provisión de Liquidez es la puesta a disposición de la Empresa por parte de Payflow de la liquidez necesaria para atender las Solicitudes de Liquidez realizadas por los Trabajadores a través de la APP, de tal manera que el importe de las Solicitudes de Liquidez sea abonado directamente por Payflow a los Trabajadores por cuenta de la Empresa, debiendo la Empresa abonar posteriormente a Payflow el importe de las Solicitudes de Liquidez abonadas por Payflow a los Trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato. La Empresa definirá el importe líquido a percibir con vencimiento mensual de los Trabajadores en un panel de control suministrado por Payflow (en adelante, el “Panel de Control”). La Empresa podrá actualizar esta información en cualquier momento a través del Panel de Control, dejando indemne de cualquier responsabilidad a Payflow por cualquier modificación incluida en el mismo.
El objeto del Servicio Retribución Flexible consiste en la puesta a disposición por parte de Payflow, de un mecanismo de retribución que permitirá a los Trabajadores destinar una parte de su salario bruto para la compra de determinados productos o servicios. Mediante la utilización del salario bruto, el Trabajador conseguirá una exención fiscal que le permitirá reducir total o parcialmente el IRPF a pagar por la compra de dichos productos o servicios. En particular los productos o servicios son:
La Empresa podrá elegir qué Beneficios quiere prestar a sus empleados a través del Panel de Control que Payflow pone a su disposición. Payflow podrá incorporar Beneficios o servicios adicionales para ser prestados a través de su plataforma, rigiéndose los mismos por las estipulaciones del presente Contrato.
Para la prestación de este Servicio, el Trabajador, previa suscripción del Servicio de Retribución Flexible, deberá firmar un documento de conformidad, respecto con el cual, aceptará la novación de su contrato laboral, firmado entre él y la Empresa.
En el marco de la prestación de este Servicio, y en particular, lo que concierne al beneficio de guardería y de formación, Payflow tratará poner en marcha el servicio, pero en caso de que la entidad que presta el servicio no colabore con Payflow, deberá ser el Trabajador quien gestione el contacto con la entidad.
El objeto del Servicio de Ahorro consiste en la prestación por parte de Payflow, de un servicio de creación de cuentas de ahorro virtuales (en adelante “Cuenta o Cuentas de Ahorro”) en las que los Trabajadores pueden depositar dinero. Se entiende por Cuenta de Ahorro aquel software para almacenar, recibir y enviar dinero, que tiene como soporte una cuenta bancaria y como finalidad el pago a terceros.
Los Trabajadores podrán acumular en las Cuentas de Ahorro, una parte proporcional de su salario con la finalidad de completar un plan de ahorro. En ningún caso el dinero custodiado en las Cuentas de Ahorro generará una rentabilidad/interés para el Trabajador.
Los trabajadores podrán realizar a través de la APP la Solicitud de Liquidez hasta el importe equivalente a las percepciones salariales devengadas en el mes en curso por el trabajo realizado en la Empresa, con el límite del importe líquido a percibir con vencimiento mensual. A los efectos del Contrato, se consideran percepciones salariales o nóminas, las cantidades que reciba el Trabajador como contraprestación económica convenida por el ejercicio profesional de su actividad en la Empresa, independientemente de si el Trabajador se encuentra en régimen de trabajo por cuenta ajena, o por cuenta propia.
La Empresa podrá solicitar que se incluyan las pagas extraordinarias en las cantidades disponibles en la App para que el Trabajador pueda hacer las Solicitudes de Liquidez siempre que se hayan devengado proporcionalmente. Dicho servicio podrá tener un coste adicional para la Empresa.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, expresamente se establece que la Solicitud de Liquidez no supone el ejercicio por parte del Trabajador del derecho reconocido a los trabajadores en el artículo 29 del Estatuto de Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con la posibilidad de percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado (en adelante, el “Derecho al Anticipo de Nómina”), ni tampoco implica una renuncia del Trabajador al ejercicio del Derecho al Anticipo de Nómina.
Por tanto, el trabajador en régimen de cuenta ajena podrá ejercer en cualquier momento su Derecho al Anticipo de Nómina, reconocido por el Estatuto de Trabajadores, a través de los cauces que haya establecido a tal fin la Empresa, si bien no podrá solicitar a la Empresa anticipos del pago de nómina por importes previamente recibidos a través del Servicio de Provisión de Liquidez.
Los Trabajadores no podrán realizar Solicitudes de Liquidez entre el día de la Fecha de Corte y el último día del mes.
En caso de que un Trabajador desee realizar una Solicitud de Liquidez, deberá (i) descargarse la APP en su móvil, (ii) registrarse en la APP suministrando los datos solicitados por Payflow y (iii) una vez completado el proceso de registro en la APP, dirigir directamente a Payflow a través de la APP sus Solicitudes de Liquidez.
Con el fin de que los Trabajadores puedan registrarse en la APP, la Empresa, o Payflow como prestador del servicio a la Empresa, pondrán a su disposición, inmediatamente tras la suscripción del Contrato, la información necesaria a tal efecto. En el proceso de registro de la APP, Payflow pondrá a disposición de los Trabajadores los Términos & Condiciones de la APP (en adelante, los “T&C”). Una vez superado el proceso de registro de un Trabajador, el Trabajador podrá realizar las Solicitudes de Liquidez.
Recibida la Solicitud de Liquidez realizada por un Trabajador, Payflow realizará el pago directamente al Trabajador, por cuenta de la Empresa, a la cuenta bancaria facilitada por la Empresa, siendo la misma donde el Trabajador cobra su nómina mes a mes. Dicha transferencia es inmediata y el plazo aproximado de recepción por el Trabajador es de dos (2) minutos al Trabajador, aunque en un caso extremo, Payflow se reserva el derecho a un plazo máximo de recepción de dos (2) días laborables desde el momento en que se hubiera emitido correctamente la Solicitud de Liquidez.
El importe de las Solicitudes de Liquidez pagadas por Payflow a los Trabajadores por cuenta de la Empresa en virtud del Contrato deberá ser abonado por la Empresa a Payflow el correspondiente día de cada mes natural que coincida con el pago por parte de la Empresa a los Trabajadores del salario o de la factura, en su caso, correspondiente a dicho mes (en adelante, la “Fecha de Liquidación”). La fecha de reembolso a Payflow de las cantidades debidas no superará el última día del mes en que se hayan devengado las nóminas o las facturas sobre las cuales haya provisto Payflow alguna Solicitud de Liquidez.
Payflow notificará a la Empresa el importe total a pagar, incluyendo las Solicitudes de Liquidez abonadas durante el mes natural en cuestión. Payflow pondrá a disposición de la Empresa, con carácter previo a la Fecha de Liquidación y según lo dispuesto en la cláusula 4.3, un Documento de Liquidación que incluya los importes adeudados por la Empresa a Payflow.
Dicho reembolso será por el método de domiciliación bancaria, la empresa facilitará los certificados bancarios para la configuración de los mismos
En caso de que un Trabajador de la Empresa desee darse de alta en el Servicio de Retribución Flexible deberá:
Con el fin de que los Trabajadores puedan registrarse en la APP, la Empresa o Payflow, como prestador del Servicio a la Empresa, pondrán a su disposición, inmediatamente tras la suscripción del Contrato, la información necesaria a tal efecto. En el proceso de registro de la APP, Payflow pondrá a disposición de los Trabajadores los T&C. Una vez superado el proceso de registro de un Trabajador, el Trabajador podrá utilizar el Servicio de Retribución Flexible.
Payflow ingresará en la Cuenta de Dinero Electrónico en nombre de la Empresa, los importes (en adelante “Importes Disponibles en las Tarjetas”) para dar soporte al Servicio de Retribución Flexible. Los Trabajadores, a través de las Tarjetas podrán utilizar/gastar dichos importes (en adelante “Importes Utilizados” o “Importes Utilizados por los Trabajadores”) para/en la compra de los productos o servicios.
En base a la normativa vigente en el momento de la firma de este contrato (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta), los importes utilizables para cada Beneficio por los Trabajadores disponen de límites máximos mensuales, que podrán variar a medida que se actualice la normativa aplicable a este Servicio.
La empresa tendrá la capacidad de configurar el servicio de retribución flexible para sus trabajadores en base a dos alternativas:
a) Los Trabajadores no podrán utilizar un importe superior al que, en base a su salario hubiesen devengado en cada momento de utilización de las Tarjetas.
b) Los Trabajadores tendrán disponible desde el día 1 del mes el máximo para retribución flexible que les permite la normativa vigente. Si la empresa escoge esta configuración, entiende y acepta que puede darse el caso donde lo utilizado por el trabajador exceda lo devengado a la fecha y que ante una eventual desvinculación (aunque en mayoría de los casos pueda resolverlo vía su liquidación amparada por el acuerdo de novación sin mayor problema), la empresa se hace responsable por dicho reembolso a Payflow.
Al final de cada mes, Payflow facilitará a la Empresa la información relativa a los Importes Utilizados durante ese mes por cada Trabajador. Dicha información estará también disponible en tiempo real a través del panel de control.
Los Importes Disponibles en las Tarjetas ingresados por Payflow en la Cuenta de Dinero Electrónico y Utilizados por los Trabajadores, deberán ser descontados de la nómina del Trabajador, y abonados por la Empresa a Payflow el día de cada mes natural que coincida con la Fecha de Liquidación. La fecha de reembolso a Payflow de las cantidades debidas no superará el última día del mes en que se hayan devengado las nóminas sobre las cuales deban descontarse los Importes de las Tarjetas, utilizados por cada Trabajador.
Payflow notificará a la Empresa el importe total a pagar, incluyendo las Importes Utilizados por los Trabajadores durante el mes natural en cuestión. Payflow pondrá a disposición de la Empresa, con carácter previo a la Fecha de Liquidación y según lo dispuesto en la cláusula 4.3, un Documento de Liquidación que incluya los importes adeudados por la Empresa a Payflow.
Dicho reembolso será por el método de domiciliación bancaria, la empresa facilitará los certificados bancarios para la configuración de los mismos
Para la prestación de este Servicio, Payflow actúa como un intermediario entre la Empresa y los Trabajadores, y una entidad de dinero electrónico (en adelante, el "Prestador de Servicios de Pago"). En particular, Payflow aportará la tecnología necesaria para el acceso del Trabajador a la Cuenta de Ahorro.
● Puesta a disposición de la APP
Con el fin de prestar el Servicio, Payflow pondrá la APP a disposición de los Trabajadores para que puedan registrarse y acceder al Servicio de Cuenta de Ahorro.
En caso de que un Trabajador de la Empresa desee acceder al servicio de Ahorro, deberá:
Con el fin de que los Trabajadores puedan registrarse en la APP, la Empresa o Payflow, como prestador del Servicio a la Empresa, pondrán a su disposición, inmediatamente tras la suscripción del Contrato, la información necesaria a tal efecto. En el proceso de registro de la APP, Payflow pondrá a disposición de los Trabajadores los T&C Una vez superado el proceso de registro de un Trabajador, el Trabajador podrá acceder al Servicio de Ahorro.
Una vez tenga acceso al Servicio de Ahorro, el Trabajador podrá elegir el plan de ahorro que mejor se ajuste a sus necesidades.
Dependiendo del plan de ahorro seleccionado por el Trabajador, Payflow realizará en nombre de la Empresa, un ingreso mensual (Transferencia a Cuenta de Ahorro) a la Cuenta de ahorro del Trabajador con el importe proporcional correspondiente al plan de ahorro seleccionado. Dicho importe será descontado de la nómina del Trabajador al final de cada mes.
Los importes en concepto de Transferencias a Cuentas de Ahorro depositados por Payflow en las Cuenta de Ahorro, deberán ser abonados por la Empresa a Payflow el día de cada mes natural que coincida con la Fecha de Liquidación. La fecha de reembolso a Payflow de las cantidades debidas no superará el última día del mes en que se hayan devengado las nóminas sobre las cuales haya provisto Payflow alguna Transferencia a Cuenta.
Payflow notificará a la Empresa el importe total a pagar, incluyendo las Transferencias a Cuentas de Ahorro abonadas durante el mes natural en cuestión. Payflow pondrá a disposición de la Empresa, con carácter previo a la Fecha de Liquidación y según lo dispuesto en la cláusula 4.3, un Documento de Liquidación que incluya los importes adeudados por la Empresa a Payflow.
Dicho reembolso será por el método de domiciliación bancaria, la empresa facilitará los certificados bancarios para la configuración de los mismos
El Servicio de Educación Financiera (Learnflow) consiste en la puesta a disposición de una plataforma interactiva para que los empleados de la Empresa aprendan sobre trucos y hábitos financieros que marcarán la diferencia en sus finanzas personales. Este servicio no tiene ningún coste adicional.
Con el fin de determinar los importes adeudados por la Empresa a Payflow por la prestación de los Servicios, (el “Importe Adeudado”), que se compondrá de la suma los reembolsos de Solicitudes de Liquidez (3.1.5), importes dispuestos por los trabajadores en Retribución Flexible (3.2.4.) y las Transferencias a Cuentas de Ahorro (3.3.5), se estará a lo dispuesto a continuación:
La Fecha de Corte es el día del mes a partir del cual los Trabajadores no podrán realizar Solicitudes de Liquidez ni disponer del servicio de Retribución Flexible debido a que la Empresa está incluyendo incidencias que afectan la generación de nóminas. La Fecha de Corte es escogida por la Empresa, no pudiendo superar el día 28 del mes para dar tiempo a los cálculos y procesamientos de nómina así como proceder al reembolso antes del último día del mes. Para modificar la Fecha de Corte la Empresa debe comunicar a Payflow con al menos 48h de antelación.
Las Partes acuerdan que el periodo para el cálculo del Importe Adeudado por la Empresa a Payflow será el comprendido entre la Fecha de Corte del mes anterior al mes en curso y el día anterior a la Fecha de Corte del mes natural actual ambos inclusive (en adelante, el “Periodo de Liquidación”). En la Fecha de Liquidación, la Empresa reembolsará a Payflow el importe de las Solicitudes de Liquidez pagadas durante el Periodo de Liquidación anterior.
Transcurrido el último día del Periodo de Liquidación y con carácter previo a la Fecha de Liquidación, Payflow remitirá a la Empresa, por medios electrónicos, un desglose de los anticipos pagados a los Trabajadores durante dicho Periodo de Liquidación (en adelante, el “Documento de Liquidación”), para que la Empresa pueda realizar el pago de la cantidad adeudada recogida en el Documento de Liquidación en la Fecha de Liquidación.
Payflow emitirá la factura por el servicio durante la primera semana de cada mes, con fecha de vencimiento a 30 días.
Para garantizar el cumplimiento del vencimiento de la factura, la domiciliación se hará prudencialmente unos días antes del vencimiento para garantizar la correcta recepción y conciliación.
El incumplimiento de pago de la factura conllevará el corte de servicio, y la generación de intereses de mora.
La Empresa acepta que Payflow remita las facturas correspondientes a los servicios prestados en formato digital.
La forma de pago será a través de domiciliación bancaria.
En caso de que la Empresa forme parte de un grupo de sociedades a los que Payflow también presta servicios, Payflow emitirá una única factura.
En casos de utilización muy elevada que pudiera ser considerada fraudulenta o que pudiera atentar contra la continuidad del servicio, Payflow se reserva el derecho de interrumpir temporalmente las solicitudes de liquidez.
En casos de impago por la Empresa de cualquier Importe Adeudado a Payflow en virtud del presente Contrato por cualquier motivo, Payflow podrá, transcurridos Treinta (30) días naturales desde la Fecha de Liquidación sin que se haya producido el pago por la Empresa, reclamar directamente a los Trabajadores, que hayan realizado y percibido una Solicitud de Liquidez, la cantidad adeudada por la Empresa por dicha solicitud.
A tal fin, los T&C, que deberán ser aceptadas expresamente por el Trabajador en el proceso de registro en la APP, prevén expresamente que el Trabajador sea fiador solidario de la Empresa en caso de impago por parte de ésta de las Solicitudes de Liquidez realizadas por el Trabajador y ya percibidas, trascurridos treinta (30) días naturales desde la fecha de pago de la NÓMINA.
En caso de que el pago a realizar por la Empresa, en concepto de reembolso de las Solicitudes de Liquidez y del coste del servicio, no se realizara antes del día 5 del mes natural siguiente al Período de Liquidación, el servicio se considerará en mora y la Empresa deberá abonar a Payflow:
Lo indicado en esta Cláusula no puede interpretarse como renuncia o merma de los derechos que correspondan a Payflow como consecuencia del impago.
La Empresa deberá responder por los daños o pérdidas generadas directa o indirectamente a Payflow en el marco de la prestación de los servicios establecidos en este Contrato, cuando dichas pérdidas hayan sido ocasionadas como consecuencia de actuaciones fraudulentas, de incumplimiento intencionado, de abandono, negligencia o dolo, por parte de la Empresa.
Payflow no será responsable frente a la Empresa o sus Trabajadores de las pérdidas que estos puedan sufrir en relación con los Servicios. De forma específica, pero sin establecer límites, Payflow de ninguna forma será responsable de las pérdidas, daños o perjuicios causados por:
En caso de que la Empresa reclame a Payflow por el incumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato, y Payflow deba responder, lo hará únicamente por los daños directos y probados en sede judicial.
En caso de que la Empresa prevea entrar o entre en una situación de concurso de acreedores deberá notificar por escrito y fehacientemente a Payflow con un (1) mes de antelación. En caso de no notificar dicha situación, el/los administrador(es) de la Empresa responderán de las cantidades adeudadas a Payflow con su propio patrimonio.
En el supuesto de prestación de servicio a grupos de empresas, holdings, empresas subsidiarias y/o relacionadas se usará el principio de responsabilidad solidaria para las cantidades adeudadas en concepto de reembolso/suplidos de gastos. Es decir, que ante el impago de una de las empresas del grupo o holding, las demás entidades legales responderán solidariamente por estas cantidades.
9.1. Duración inicial del Contrato
El presente Contrato tendrá una duración de un (1) año desde la fecha de firma de este, siendo prorrogable de forma tácita por períodos anuales adicionales en caso de que ninguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de no prorrogarlo mediante notificación escrita a la otra Parte con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de vencimiento inicial del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas anuales (en adelante, la “Fecha de Vencimiento”).
La empresa no podrá resolver anticipadamente el contrato durante los 6 primeros meses, considerado como un período de permanencia mínima, salvo en caso de incumplimiento grave de las obligaciones.
Pasado el período de permanencia mínima, las Partes podrán resolver el contrato en cualquier momento y sin penalidad alguna mediante notificación escrita a la otra Parte con al menos treinta (30) días de antelación.
En cualquier caso, se resolverá el Contrato si concurriese una de las siguientes causas:
El coste del servicio se ajustará teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Las relaciones entre las Partes que se contemplan en el Contrato son las propias de dos personas jurídicas independientes la una de la otra y frente a terceros, por lo que ninguna de ellas, ni sus empleados, actúa ni podrá interpretarse que actúa como representante, agente, mandatario o factor de la otra, ni sus actos u omisiones podrán dar lugar a vínculos de cualquier índole que obliguen a la otra Parte frente a terceros. Asimismo, ni el perfeccionamiento ni el cumplimiento este Contrato significan ni puede interpretarse que signifiquen relación de asociación o de riesgo y ventura compartidos por las Partes.
La naturaleza del presente Contrato es la propia de un Contrato de prestación de servicios de carácter exclusivamente mercantil. Por lo tanto, no se deriva relación o vínculo laboral alguno entre las Partes, ni entre la Empresa y el personal, propio o subcontratado, asignado por Payflow a la prestación de los Servicios descritos en este Contrato.
A los efectos de cumplir con todas las obligaciones de diligencia debida y dado el carácter no presencial de la relación de negocio entre este y los Trabajadores, Payflow en su condición de sujeto obligado por la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, aplicará a los Trabajadores, todas las medidas de diligencia debida requeridas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Payflow podrá solicitar, asimismo, toda la documentación o información que por ley se le requiera a la Empresa, esta por su parte, se compromete a colaborar con Payflow facilitándole dicha documentación o información.
Las Partes pactan que la propiedad intelectual e industrial de los logos, marcas comerciales, diseños, software, modelos de utilidad, patentes, maquinaria y demás pormenores que pudieran intercambiar o de los que pudieran tener conocimiento es propiedad respectiva de cada una de las Partes y/o de las empresas de su grupo empresarial.
El Contrato no supone la transmisión por cualquier título de dichos elementos inmateriales, que continuarán siendo de la propiedad exclusiva y respecto de las Partes durante la vigencia del Contrato y a la finalización de las mismas; o en su caso de los terceros titulares de los mismos.
Se autoriza a Payflow el uso del logo de la Empresa en presentaciones comerciales de Payflow con el único fin de referenciar la Empresa como cliente y en ningún caso podrán divulgarse los términos de la colaboración con la Empresa. El logo podrá usarse con el simple fin de referenciar la Empresa como cliente, de igual manera, en contenidos de marketing, redes sociales y en la página web.
El logo de la Empresa deberá utilizarse únicamente en los colores originales según el archivo adjunto.
El logo de la Empresa no puede modificarse y no debe utilizarse para usos distintos a los mencionados anteriormente.
No se permite la cesión del logo a terceros. En cualquier momento la Empresa podrá revocar este consentimiento o modificar las condiciones del mismo.
La Empresa deberá mantener la condición de exclusividad con Payflow durante la vigencia del Contrato para los servicios descritos en el mismo. Dicha exclusividad no será aplicable en el supuesto en que la Empresa adquiera el control de una tercera compañía y ésta pase a formar parte de su grupo de sociedades a los efectos del artículo 42 del Código de Comercio y esta compañía tuviera un Contrato con un proveedor distinto a Payflow. Dicha excepción aplicará hasta la finalización de la duración inicial del referido Contrato con el proveedor (sin que pueda ampliarse a las sucesivas prórrogas, en su caso).
En el marco de la prestación del servicio, Payflow tiene que tratar datos de la Empresa. Para lo cual y en adelante, la Empresa y Payflow serán denominados, respectivamente, como “Responsable del Tratamiento” y “Encargado del Tratamiento”.
Las Partes se comprometen a cumplir cuantas obligaciones generales o particulares se deriven del Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (en adelante, el "GDPR") y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante juntas, la "Normativa de Protección de Datos”).
○ Identificativos: nombre, apellidos, correo electrónico, móvil, NIE o DNI y cuenta corriente bancaria de los Trabajadores de la Empresa.
○ Datos económicos y de salario: salario líquido y/o bruto a percibir, numero de pagas por año, tipo de Contrato (tiempo completo o parcial), duración del Contrato y otras características de la nómina de los Trabajadores de la Empresa.
○ Para que el Responsable del Tratamiento pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados;
○ Asistiendo en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del GDPR, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información puesta a disposición del Encargado del tratamiento; y
○ Poniendo a disposición del Responsable del Tratamiento toda la información solicitada para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 28 del GDPR en relación con el Encargado del Tratamiento y en su caso, subencargados del tratamiento.
○ Tomará medidas inmediatamente, con la finalidad de investigar la posible violación de la seguridad y de identificar, prevenir, mitigar y en su caso remediar los efectos de ella;
○ Lo notificará inmediatamente al Responsable del Tratamiento, y proveerá al mismo con una descripción detallada de la violación de la seguridad, la cual incluirá:
■ El posible impacto de la violación de la seguridad;
■ Las categorías y el número aproximado de interesados afectados;
■ El riesgo que haya provocado la violación de la seguridad a los afectados; y
■ Las medidas propuestas por el Encargado del Tratamiento para poner remedio.
Las Partes se obligan a mantener estricta confidencialidad respecto de los términos y condiciones del Contrato, así como cualquier otra información intercambiada entre las Partes en relación con el mismo y cualquier información relacionada con ésta a la que puedan tener acceso, obligándose las Partes a no revelar dichos términos y condiciones a tercero alguno, excepto que así fuera requerido en procedimiento judicial o en los supuestos legalmente establecidos, en cuyo caso igualmente las Partes se obligan mutuamente a comunicarse tal circunstancia.
En caso de no atender alguna de las Partes a la obligación de confidencialidad aquí establecida, la Parte agraviada se reservará la facultad de resolver el Contrato, sin perjuicio de su derecho de reclamar cualesquiera daños y perjuicios de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.
El presente deber de confidencialidad se mantendrá en vigor durante la vigencia del Contrato y, aún después, con carácter indefinido en el tiempo.
Cualquier notificación que hubiese que remitir se entregará personalmente o se enviará por cualquier medio escrito o telemático que pueda garantizar la fehaciencia y recepción de la notificación efectuada.
Una notificación se considerará entregada como sigue:
A estos efectos, será suficiente demostrar que se efectuó la entrega personal o que el fax o correo electrónico estaba debidamente dirigido y se envió correctamente, según fuese el caso.
Cualquier término o disposición del Contrato considerada ilegal, nula o ineficaz, total o parcialmente, se tendrá por no puesta y no afectará al pleno vigor y eficacia de los restantes términos y disposiciones, las cuales mantendrán su pleno vigor y eficacia.
La Empresa no podrá ceder los derechos y obligaciones resultantes del Contrato sin el previo consentimiento por escrito de Payflow.
No obstante, lo dispuesto en la cláusula anterior, Payflow podrá ceder los derechos y obligaciones resultantes del Contrato sin el previo consentimiento de la otra Parte cuando el beneficiario de la cesión sea una sociedad de su grupo, entendiendo grupo en los términos del artículo 42 del Código de Comercio.
Las presentes Condiciones Generales se podrán revisarán por Payflow unilateralmente.
El Contrato constituye y reflejan un único acuerdo alcanzado entre las Partes en relación con su objeto, y deja sin efecto cualquier contrato, acuerdo o compromiso previo entre las Partes.
El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes españolas.
Cada una de las Partes del presente Contrato se somete irrevocablemente, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital para dirimir cuantas cuestiones pudieran derivarse de la interpretación, cumplimiento, resolución y ejecución del presente Contrato.
Versión de 27 de septiembre 2024.